Siempre ha enseñado la Iglesia que el estado de Virginidad es superior al matrimonio. Sin embargo, en sus primitivos tiempos, se vio obligada a ordenar como obispos a personas ya ligadas por el vinculo matrimonial y sólo se exigía que antes de su consagración el obispo se separara de su esposa, con el consentimiento de ésta.
Poco a poco se fue introduciendo en la Iglesia latina la práctica del Celibato, muy propio de los ministros de la Nueva Ley. El Concilio de Elvira en España (306) lo declaró obligatorio para todos los ministros constituidos In Sacris, esto es, Obispos, Presbíteros y Diáconos.